AYUDAS COMERCIO Y RESTAURACIÓN ZONA DE LAS 3 AVENIDAS DE ELDA (ALFONSO XIII, OLIMPIADAS Y FILIPINAS)
AYUDAS PARA EL COMERCIO Y RESTAURACIÓN EN LA ZONA DE LAS 3 AVENIDAS DE ELDA (ALFONSO XIII, OLIMPIADAS Y FILIPINAS)
El plazo de presentación de solicitudes a este programa de ayudas dependerá del tipo de gasto que se pretenda justificar, delimitándose los plazos de la siguiente manera:
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Gastos tipo A): Desde el 27 de mayo de 2025 hasta las 23:59 horas del día 31 de julio de 2025.
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Gastos tipo B): Desde el 27 de mayo de 2025 hasta las 23:59 horas del 25 de junio de 2025.
- OBJETO:
La situación actual que atraviesa el comercio de proximidad y la restauración en la ciudad de Elda no es ajena al problema global de otras ciudades, a lo que hay que sumar también la dificultad que añade los cambios en los hábitos de los consumidores y las compras online.
El Excmo. Ayuntamiento de Elda, consciente de esta tendencia generalizada de incremento del comercio en línea, en detrimento del comercio tradicional, y convencido de la idea de que es este último el que hace ciudad y vertebra a la sociedad local, ha llevado a cabo la reurbanización y mejora dotacional de los equipamientos urbanos de la zona que abarca las 3 Avenidas de Elda (Alfonso XIII, Olimpiadas y Filipinas), a fin de crear un entorno más amable para los ciudadanos que invite a disfrutar de este entorno urbano a través de la oferta de servicios que prestan las empresas de Elda que cuentan con establecimientos abiertos al público en esta zona.
Por ello, de forma complementaria a las obras realizadas, desde la Concejalía de Comercio del Ayuntamiento de Elda, se ha optado por crear una marca que simbolice la acción que se desarrolla en la actualidad y también su utilización conjunta por parte de todos los comerciantes y ciudadanos. Se pretende que sea una marca vertebradora de este eje dentro de la ciudad de Elda.
La comunicación debe ser muy importante a la hora de expresar la filosofía de la marca, que debe mantener una coherencia en todos los medios en los que aparezca, ya sea hablados, escritos y en todos los elementos de diseño corporativo y de comunicación que se publique.
Se pretende, por tanto, consolidar y convertir la zona de las 3 Avenidas de Elda, Alfonso XIII, Olimpiadas y Filipinas, en un eje comercial moderno, potente y atractivo para todos los vecinos de Elda, y convertirlo en protagonista del comercio de Elda.
Por ello, IDELSA se suma a estas acciones de promoción y de impulso de la revitalización económica de esta zona de la ciudad, con estas ayudas dirigidas a las empresas eldenses, con establecimiento abierto al público radicado en la zona de las 3 Avenidas de Elda, Alfonso XIII, Olimpiadas y Filipinas, con especial atención a los comercios y restauración, como se recoge en el ámbito de aplicación de estas bases.
La concejalía de comercio ha realizado una guía de marca con la que se busca introducir estos elementos a los adjudicatarios de la subvención, así como una Guía de implantación integral de ésta, sobre todas aquellas características técnicas que se tienen en cuenta en la subvención, a saber: serigrafía a utilizar, vinilado, impresión y aplicación de los isotipos de la marca en cuestiones decorativas.
Las presentes bases tienen por objeto establecer el régimen de concesión de ayudas destinadas a la financiación de los siguientes gastos:
- Gastos tipo A: Destinados a la homogeneidad de los comercios y restauración situados en esta zona de las 3 Avenidas de Elda, Alfonso XIII, Olimpiadas y Filipinas, de acuerdo a la guía de marca que ha publicado la Concejalía de Comercio del Excmo. Ayuntamiento de Elda, con la finalidad de incentivar la actividad comercial y de restauración, que contribuya a la dinamización económica y social de esta zona, para impactar de manera positiva en la imagen comercial de Elda.
- Gastos tipo B: Gastos fijos devengados durante las obras municipales de rehabilitación llevadas a cabo en el entorno de las tres avenidas.
A estos efectos, podrán acceder a estas ayudas las personas físicas y jurídicas que tengan una actividad comercial o de restauración en un local abierto al público situado en alguna de las Avenidas Alfonso XIII, Olimpiadas y Filipinas, en la zona de las 3 Avenidas de Elda.
- CUANTÍA Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO AL QUE SE IMPUTA LA SUBVENCIÓN:
La cuantía destinada a atender estas subvenciones asciende a un importe total inicial de 50.000,00 €, cifra que figura consignada en el Presupuesto General de IDELSA para 2025 con cargo a la aplicación presupuestaria 801-43335-47900.
- LUGAR, PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN:
Cada solicitante deberá presentar una solicitud para cada tipo de gasto que desee que se le subvencione (Gastos tipo A y/o B), utilizando los modelos que se recogen en el anexo I (I-A y I-B) de las presentes bases.
El plazo de presentación de solicitudes a este programa de ayudas dependerá del tipo de ayuda que se pretende justificar, delimitándose los plazos de la siguiente manera:
Gastos tipo A): desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante hasta las 23:59 horas del día 31 de julio de 2025, a partir de cuyo momento no serán admitidas más solicitudes.
Gastos tipo B): el plazo será de 20 días hábiles, dando comienzo el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, y finalizando a las 23:59 horas del último día de presentación de solicitudes, a partir de cuyo momento no serán admitidas más solicitudes.
Las solicitudes de ayudas, junto con la documentación justificativa exigida, se presentarán mediante el modelo normalizado de instancia (incluido en el Anexo I de las presentes bases), que también se encuentran disponibles en la página web: www.idelsa.es .
La documentación deberá presentarse sin tachaduras ni enmiendas de ningún tipo, cualquiera que sea su naturaleza.
Sólo se admitirá una solicitud por persona física o jurídica para cada tipo de gasto (A y/o B).
La solicitud de la subvención implica de forma automática la plena y total aceptación, sin reservas, de las presentes bases.
La solicitud deberá ser formulada por la persona beneficiaria o, en su caso, por su representante, en cuyo caso se deberá adjuntar el modelo de representación. En el caso de personas jurídicas, ésta deberá ser formulada por la persona que ejerza la representación legal.
En la solicitud deberá marcarse expresamente el tipo de gastos que se pretende justificar, es decir, gastos de tipo A o gastos de tipo B, o ambos.
La solicitud y la documentación exigida se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica de IDELSA, con la siguiente dirección web (https://eamic.elda.es:20443/web/inicioWebc.doopcion=noreg&entidad=030668) adjuntándolas como anexas a la “Instancia genérica IDELSA”, por tratarse de personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración, de conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP).
A tal efecto, es necesario estar registrado para el uso de sistema de identificación y firma electrónica Cl@ve o, poseer un certificado digital de firma electrónica, o DNIe.
De no disponer el/la solicitante de los sistemas de firma indicados, deberá acudirse a la representación a través de persona que sí disponga de ella, acreditando la representación, por cualquier medio válido en Derecho, que deberá suscribir la solicitud correspondiente.
De acuerdo con el artículo 68.3 de la LPACAP, si alguno de los solicitantes presenta su solicitud presencialmente, IDELSA requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
Por otra parte, de conformidad con el artículo 68.1 de la LPACAP, si la solicitud o la documentación que deba acompañarla presentaran deficiencias u omisiones, se requerirá al solicitante para que, en un plazo máximo e improrrogable de diez (10) días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la LPACAP.
La presentación de la solicitud fuera de plazo y la no utilización de los formularios normalizados de uso obligatorio, serán causa de inadmisión.
- Bases Ayudas 3 Avenidas de Elda.
- Extracto de las bases.
- Anexo I - Modelo solicitud (Gastos tipo A).
- Anexo I - Modelo solicitud (Gastos tipo B).
- Anexo II - Declaración responsable.
- Anexo III - Cuenta justificativa (Gastos tipo A).
- Anexo III - Cuenta justificativa (Gastos tipo B).
- Anexo IV - Declaración responsable Guía Marca.
- Anexo V - Ficha de terceros.
- Otorgamiento de representación.